Según la norma, en los controles en vía pública se verifica el nivel de alcohol en sangre, que no debe superar los 0,5ml por litro de sangre.
El procedimiento marca que si al momento del operativo ninguno de los acompañantes del conductor puede hacerse cargo del vehículo (ya sea porque también exceden el nivel de alcohol o porque no tienen licencia de conducir), lo que corresponde es el secuestro de la unidad.
imagen a modo ilustrativo. |
Al respecto, la única excepción que marca la legislación es que quien conduzca transite sin acompañantes y no haya grúa en el operativo de control. En tal caso, se le requerirá que estacione el vehículo y que llame a alguien que venga a hacerse cargo de la conducción.
Brizuela recordó, además, que el gasto que ocasione el traslado del vehículo se carga al monto que se fije en concepto de multa, que puede oscilar entre $2.400 y $16.000, según las circunstancias de la infracción y la evaluación que efectúe el Tribunal de Faltas.
En este caso pueden incidir como agravante, por ejemplo, que el conductor sea menor de edad, que tenga licencia vencida, sea reincidente, o bien que obstruya la tarea de los inspectores de la GUM (Guardia Urbana Municipal).
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